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Ayudas C.Madrid Plan Continúa

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Ayudas Comunidad de Madrid

Plan Continúa

 

LA COMUNIDAD DE MADRID APRUEBA LAS BASES PARA SUFRAGAR LAS CUOTAS DE MARZO Y ABRIL A LOS AUTÓNOMOS DE LA REGIÓN

 

 

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy las bases que regulan la concesión de las ayudas del Plan Continúa, dotado con 38,2 millones de euros y que permitirá abonar a más de 70.000 autónomos de la región afectados por la crisis del coronavirus una cantidad equivalente al importe de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a los meses de marzo y abril.

Se pone así en marcha esta iniciativa del Ejecutivo regional incluida en el primer paquete de medidas urgentes, aprobadas en el Consejo de Gobierno del pasado 3 de abril, que movilizan más de 70 millones de euros para dotar de liquidez y subvenciones directas a las pymes y autónomos madrileños, uno de los sectores más golpeados por el cierre de actividades económicas no esenciales decretado por el estado de alarma.

EL PLAN CONTINÚA SUPONE UNA INYECCIÓN DIRECTA DE LIQUIDEZ QUE LOS AUTÓNOMOS PODRÁN UTILIZAR PARA CUBRIR LOS GASTOS MÁS URGENTES PARA MANTENER SU ACTIVIDAD. DE ESTA AYUDA, QUE TENDRÁ UN IMPORTE DE 534,5 EUROS (CORRESPONDIENTE AL IMPORTE DE LA COTIZACIÓN MÍNIMA DE DOS MESES), SE PODRÁN BENEFICIAR LOS AUTÓNOMOS CON O SIN EMPLEADOS A SU CARGO, INCLUIDOS AUTÓNOMOS INDUSTRIALES, SOCIOS DE COOPERATIVAS, DE SOCIEDADES LABORALES Y DE SOCIEDADES MERCANTILES, QUE ESTÉN DADOS DE ALTA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (RETA) O EN UNA MUTUA DE PREVISIÓN SOCIAL Y QUE DESARROLLEN SU ACTIVIDAD EN LA REGIÓN. 

Los requisitos para acceder a este abono son estar al corriente de pago de las obligaciones tanto tributarias como con la Seguridad Social y presentar una declaración responsable que acredite un descenso de facturación de al menos el 30% y comprometa el mantenimiento de alta en el RETA durante los tres meses siguientes a su abono. 

NO PODRÁN ACCEDER A ESTA AYUDA, QUE SE PODRÁ SOLICITAR EN EL PLAZO DE UN MES DESDE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM), LOS PERCEPTORES DE LAS AYUDAS POR PÉRDIDA DEL 75% DE ACTIVIDAD O CESE DE NEGOCIO QUE HA ESTABLECIDO EN GOBIERNO CENTRAL (pincha para ver esta publicación) , LOS QUE HAYAN RECIBIDO UNA AYUDA O BONIFICACIÓN DE CUOTA POR PARTE DE UNA MUTUA, AQUELLOS AUTÓNOMOS DE LA REGIÓN QUE ESTÉN ACOGIDOS A LA TARIFA PLANA O QUE HAYAN SOLICITADO LAS AYUDAS PREVISTA EN EL PLAN IMPULSA.

Para solicitar esta ayuda déjanos tus datos aquí pidiendo la información y te remitiremos las instrucciones para que podamos hacerlo en tu nombre.

 

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